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Derivaciones
penales del Juicio por la Verdad |
Comisaría
5º: el fiscal pide la detención
e indagatoria de 62 represores
También solicita la declaración de nulidad de la Obediencia
Debida y el Punto Final. La mayoría de los imputados son
policías bonaerenses. La acusación está centrada en los
resultados de la investigación del Juicio por la Verdad.
Ver
además: Listado de imputados y de
víctimas del centro clandestino
Por Lucas Miguel (Secretaría de Prensa)
LA
PLATA.- El fiscal federal Félix Crous solicitó hoy la
detención e indagatoria de 62 militares y policías
comprometidos en la represión ilegal llevada a cabo en el
centro clandestino de detención que funcionó en la comisaría
5º de esta ciudad durante la última dictadura cívico-militar.
El dictamen incluye, además, la declaración de nulidad de las
leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
Crous, fiscal delegado por la
Procuración General para intervenir en el Juicio por la Verdad
y las causas que se derivan de él, presentó el dictamen de 220
carillas en el Juzgado Federal Nº3, a cargo de Arnaldo Corazza.
La Asamblea Permanente por los
Derechos Humanos La Plata, querellante en el proceso, presentó
otro escrito adhiriendo a la solicitud.
El dictamen fiscal recoge las
denuncias realizadas en el Juicio por la Verdad de La Plata por
sobrevivientes, familiares de desaparecidos y ex policías de la
provincia de Buenos Aires.
El pedido incluye la detención
e indagatorias siguiendo la cadena de mandos desde el entonces
titular del Cuerpo I de Ejército, Carlos Guillermo Suárez
Mason, hasta quienes ejercieron las funciones de cabo de guardia
en la comisaría 5º. De los 62 imputados, 53 son policías
bonaerenses que formaron parte del personal de la seccional.
El dictamen homologa la
detención ilegal con el tormento: “Cada uno de los imputados
deberá responder en calidad de autores, coautores o partícipes
necesarios, según la jerarquía que hayan ostentado en el
aparato organizado de poder, por el delito de tormentos
reiterados impuestos masivamente a la totalidad de los
secuestrados alojados en el centro clandestino de detención
comisaría 5º de La Plata, puesto que no otra cosa implicó la
detención en las condiciones inhumanas que se describen, de
cada uno de los detenidos ilegales”, señala Crous. Y agrega:
“Deberán responder también, en las calidades antes aludidas,
según corresponda, por los homicidios de aquellos damnificados
que no hayan sido liberados”.
El fiscal señala que, no
obstante las denuncias particulares de cada sobreviviente o
familiar, en la 5º todos los detenidos fueron víctimas de
torturas físicas y psíquicas: “Es evidente que las
infrahumanas condiciones de detención de los secuestrados, el
trato que recibían, la amenaza cierta del sufrimiento de
agresiones en forma de tormentos directos por parte de los
verdugos, o de la muerte; la presencia de niños secuestrados o
el alumbramiento por parte de madres cautivas, lo cual recordaba
que los hijos de los detenidos estaban a merced de una aparato
criminal que no reparaba siquiera en los infantes; todo ello y
cualquiera de estas facetas del terror estatal, constituye un
cuadro de tortura física y/o psíquica a la cual han estado
sometidos los prisioneros”.
La solicitud contiene un
pormenorizado relato de los sufrimientos padecidos por los
detenidos ilegales a través de la cita de los testimonios
brindados ante la Cámara Federal en el marco del Juicio por la
Verdad. También cita a varios policías que reconocieron la
existencia del centro clandestino y describieron su
funcionamiento. Uno de ellos es Raúl Omar Piacentini, quien
reconoció que en la 5ª hubo “nacimientos y muertes” y que
las muertes se habrían producido porque las víctimas “se
quedaron en la máquina”, con lo que aludió a la tortura con
picana.
El relato de los delitos está
divido en dos partes: la declaración de los sobrevivientes y
familiares y de la investigación que la Asociación de Ex
Detenidos Desaparecidos plasmó en un Trabajo de Recopilación
de Datos, por un lado; y la declaración de policías que
revistaron en la 5º, por otro.
Crous, asimismo, asegura que
los delitos no son sólo atribuibles a quienes “hayan tenido
el dominio del hecho”, a quienes emitieron las órdenes, a
quienes las retransmitieron y “a los jerarcas con funciones de
dirección y comando”, sino también al resto del personal de
la comisaría: “A todos y cada uno de los policías que
revistaron en la comisaría 5º en ese tiempo funesto debe
reprochárseles su contribución a la comisión de los hechos
que nos ocupan, puesto que efectuaron su aporte mediante la
custodia de los detenidos, brindando seguridad al local para la
continuidad del secuestro tanto como para los demás aspectos
del aparato de aniquilamiento, que requerían que los
secuestrados permanecieran detenidos”.
Así, si bien en las
investigaciones realizadas sobre la 5º quedó demostrado que en
el fondo de la comisaría dos “patotas” pertenecientes a
fuerzas militares y de seguridad disponían de los detenidos, el
dictamen fiscal señala responsables a todos los policías de la
seccional.
La acusación se fundamenta en
que “ha quedado claro que la custodia de los detenidos estaba
a cargo de las policías de la dotación regular de la
comisaría 5º”, quienes “se encargaban del aseo, la comida,
la comunicación entre mujeres y hombres, cuando no se
divertían atormentado a los prisioneros, por puro sadismo.
Todos y cada uno de ellos, al ingresar en cada nuevo turno a
tomar servicio a la seccional, han renovado la decisión de
contribuir, con el cumplimiento de la misión que les era
asignada, al funcionamiento del CCD, y con ello al mantenimiento
-cuanto menos- de la condiciones de detención ilegal
gravísimas, tormentos en sí mismas y en tantos casos antesala
del asesinato”.
De esta manera, Crous avanza
también contra las declaraciones de la mayoría de los
policías que revistaron en la 5º, quienes sostuvieron que en
el fondo de la seccional funcionaba un “área restringida” a
la que no tenían acceso y en la que sólo actuaban las
denominadas “patotas” de las “fuerzas conjuntas”.
“Creo que nadie que razone de
buena fe a esta altura de las pacientes y minuciosas pesquisas
realizadas, puede conjeturar que quien asistiera a tan dantesco
panorama podía soslayar que esas dependencias infernales fueran
centros de exterminio; y que la muerte fuera el destino más que
probable de los cautivos”, agrega.
Esta causa se caracteriza por
tener una gran cantidad de imputados de baja graduación. La
mayoría de las causas por crímenes cometidos por la dictadura
involucró sólo a los represores con alto nivel jerárquico y
con poder de mando.
El dictamen fiscal repara sobre
esa cuestión y la responsabilidad de cada uno de los
represores. Dice que cada imputado aportó “su grano de arena”
en el terrorismo de Estado: “Quien cada día renovó la
decisión de permanecer en el aparato terrorista, y volvió a
sus tareas en el CCD —en la experiencia argentina, como en
otros genocidios del siglo pasado, no hay evidencias de que
quien se alejara del aparato terrorista sufriera consecuencias
disvaliosas de relevancia—, aportó su grano de arena en los
términos del artículo 45 del Código Penal a la detención
torturante de las victimas, y al homicidio, en el caso de los
homicidios y desapariciones posteriores de los detenidos por
ellos guardados”.
Crous realiza las imputaciones
sobre privaciones ilegítimas de la libertad y torturas a cada
uno de los represores, tras haber cruzado las fechas de
permanencia en la 5º de 115 sobrevivientes y desaparecidos con
el período de trabajo de cada uno de los policías en la
dependencia. La grilla de imputaciones se reproduce al final de
este informe.
Según la Asociación de Ex
Detenidos Desaparecidos, por la comisaría 5º pasaron más de
190 ciudadanos detenidos ilegalmente entre abril de 1976 y marzo
de 1978, aunque la mayor actividad se registró entre enero y
mediados de 1977. En este período el comisario fue Osvaldo
Sertorio.
Se sabe que en la comisaría
5° hubo, al menos, dos asesinatos: el de Diana Wlichky de
Martínez y el de María Adelia Garín de De Angelis. Además,
allí estuvieron detenidas en forma clandestina nueve
embarazadas y fueron vistos los niños Sabino Abdala, María
Eugenia Gatica (ambos restituidos a sus familias) y Mónica
Graciela Santucho (desaparecida).
La nulidad de las leyes
Este es el segundo dictamen que
se presenta en La Plata a favor de la nulidad de las leyes de
Punto Final y Obediencia Debida. El anterior también lo había
presentado Crous en septiembre pasado en la causa en la que se
investiga el secuestro y desaparición del poeta Daniel Favero y
su esposa María Paula Álvarez.
La argumentación es similar a
aquella y recoge, en gran parte, la expuesta por el ex juez
federal y actual camarista porteño, Gabriel Cavallo, en la
causa por la sustracción de la menor María Claudia Poblete.
Sobre la ley de Obediencia
Debida —que sostiene que los represores actuaron en
cumplimiento de órdenes superiores—, Crous asegura que impone
al juez “una absurda versión de los hechos, en donde
desaforadas patotas de criminales secuestraban, ultrajaban a
mujeres y hombres, insultaban, humillaban, discriminaban por
sexo, religión o condición social, extorsionaban y robaban
hasta los enseres más insignificantes, mentían a los
familiares y gozaban sádicamente con sus tropelías, y que esto
sucedía sin comprender los alcances de su brutal accionar, o
coaccionados por sus superiores”.
En este sentido sostiene que
aquella ley “humilla a las víctimas, a la sociedad argentina,
a la conciencia jurídica universal, a la más intuitiva y
elemental moral humanista, a los principios éticos de los
credos mayoritarios, al sentido común, a la inteligencia. Pero
también humilla a los jueces, relegándolos al papel de
declamadores, meros homologadores, de la falacia y la mentira”.
También afirma que las dos
leyes “estaban destinadas a brindar impunidad total a la
inmensa mayoría los ejecutores, a los retransmisores de
órdenes o mandos intermedios, y a buena parte los oficiales
superiores del aparato terrorista del Estado”.
“Conmueve entonces la
perseverancia de las victimas que hoy siguen buscando
pacíficamente verdad y justicia, frente a un Estado que se ha
comportado en el pasado como un psicópata que ofrece la
esperanza solo para frustrarla”, añade.
Y, tras un extenso desarrollo
de la doctrina nacional e internacional sobre la materia,
asegura: “Estas leyes que tanto han dañado la esperanza de
afianzamiento de la Justicia una vez restablecida la democracia,
entrañan la violación masiva de normas de máxima jerarquía
nacional y supranacional, agravian a la República y ofenden el
sentimiento de justicia de la comunidad internacional”. |